martes, 25 de agosto de 2015

Conceptos jurídicos fundamentales

Son aquellos que intervienen como elementos constantes  y necesarios en toda relación  jurídica, es decir, en toda forma  de conducta jurídica  que  se produce por la aplicación  de la norma  de derecho a los casos concretos.
Deber jurídico
 Toda norma se desprende una facultad concedida al sujeto pretensor que constituye un derecho subjetivo, y una obligación
 a cargo del sujeto obligado. 


·         El supuesto jurídico. Lo define como la hipótesis normativa de cuya realización depende que se produzcan las consecuencias de derecho.
·         Las consecuencias de derecho. Son aquellas situaciones jurídicas concretas que se presentan cuando se realizan uno o varios supuestos de derecho.
·         "El deber ser" Cópula . Es el nexo que une la hipótesis normativa con la disposición. Es decir constituye el vínculo normativo entre el supuesto jurídico y la consecuencia de derecho.
·         Los sujetos de derecho. O personas jurídicas  son los entes que sirven de centros de imputación de derechos subjetivos, deberes jurídicos, sanciones, actos y normas de derecho.
·         Los objetos de derecho. Constituyen las diferentes formas de conducta jurídicamente reguladas que se manifiestan como facultades, deberes, actos jurídicos, hechos lícitos e ilícitos y sanciones.
·         Las relaciones jurídicas. Constituyen elementos complejos de articulación de todos los elementos simples, anteriormente mencionados, se trata por consiguiente, de un elemento ideal que resulta de la combinación de los diversos conceptos jurídicos fundamentales .

Conclusión estos conceptos  jurídicos fundamentales son como su nombre lo dice fundamentales e imprescindibles del jurista y del legislador para pensar y resolver cualquier problema jurídico.


Referencias;
Libro, Rafael Rojina Villegas  (2011) Compendio de derecho civil Introducción, personas y familia. México, DF PORRÚA  pág. 68
http://derechos-juridicos.blogspot.mx/2012/12/conceptos-juridicos-fundamentales.html







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